Gran cantidad de fieles acudieron a la celebración y colmaron el vasto templo concatedralicio. Sacerdotes, diáconos permanentes, seminaristas del Seminario San Pedro y San Pablo, religiosos, religiosas, jóvenes de distintos grupos juveniles misioneros y numerosas familias acompañaron este singular acto que reafirma la presencia de la Iglesia al servicio del Pueblo de Dios en el partido de Escobar.
El Obispo de Zárate-Campana, Mons. Oscar Sarlinga, puso en posesión de la parroquia de la Natividad del Señor al nuevo cura párroco, Pbro. Albino Cabral, quien hasta ahora había sido párroco de San Manuel Mártir, de La Lonja (Pilar). Un gran grupo de feligreses y amigos, entre los que descollaban los jóvenes, lo acompañaron desde La Lonja en su nuevo destino. Concelebraron 27 sacerdotes, entre los cuales el párroco saliente, nuevo párroco de San Juan de la Cruz (Escobar), Pbro. Daniel Bevilacqua, y el ex vicario parroquial, nuevo cura párroco de La Lonja, Pbro. Alfredo Antonelli, junto con Mons. Edgardo Galuppo, vicario general, Mons. Santiago Herrera, provicario general y rector, Mons. Ariel Pérez, párroco de la catedral de Santa Florentina (Campana), Mons. Marcelo Monteagudo (delegado de las misiones y representante legal del colegio “Santa María” de Escobar), el Pbro Hugo Lovatto (vicerrector del Seminario y delegado de la Pastoral juvenil y vocacional), y numerosos otros.
El Obispo encargó al nuevo párroco la atención preferencial de los barrios, con sus capillas y centros pastorales, de los más pobres, con la Caritas y distintas manifestaciones de la caridad social, de la atención pastoral a la educación católica, de la catequesis en todos sus niveles, con dimensión familiar, y que todo ello tenga como centro, origen y cumbre, la Eucaristía y el culto, con un sentido de la fe que transforma y eleva, y asumiendo con convicción, junto con el laicado, la nueva evangelización. Confió también al P. Albino la terminación de la iglesia parroquial, anexa a la cocatedral, de la Natividad del Señor y del Santo Niño de Atocha, aunque especificó en el decreto que de modo ordinario la parroquia podía utilizar la iglesia concatedral-rectoría (véase contenido del decreto al final).
En efecto, desde el 12 de abril de 2008, en nombre del Papa Benedicto XVI y por Decreto de la Congregación de los Obispos, del Vaticano, la iglesia de la Natividad del Señor, fue declarada "concatedral" (o cocatedral, ambos términos son correctos en la lengua castellana) de la diócesis de Zárate-Campana. De tal modo, dicha iglesia posee, a todos los títulos, los mismos derechos y deberes de iglesia catedral. Ya desde tiempo atrás, y merced a la intensificación y trabajo apostólico de la evangelización en la jurisdicción parroquial, así como en el colegio "Santa María", y en las capillas y centros pastorales en los barrios, la iglesia cocatedral se transformó en un centro donde más y más acuden fieles para recibir el sacramento de la reconciliación, en distintos horarios del día y provenientes de distintos lugares, y asimismo en un lugar donde las celebraciones del culto, en especial las diocesanas, han tenido cuidadosa preparación y muy numerosa participación, lo cual vale también para las misas de sábado y domingo, a las cuales también acuden fieles católicos de distintos lugares del partido de Escobar y de otros partidos.
Es por ello que el Sr. Obispo ha decidido, en cuanto al templo se refiere, declarar "rectoría" o "iglesia rectoral" al templo concatedralicio, y dispuso la entera remodelación de la hasta ahora capilla lateral anexa, que ha comenzado a ser reformada y ampliada para sede de la "iglesia parroquial". Lo que antecede tiene valor en cuanto a los templos (Cf cc. 556-563) y en nada incide sobre la personalidad jurídica canónica o civil de la "parroquia de la Natividad" ni a su misión pastoral. Más aún, el cura párroco de la parroquia de la Natividad podrá utilizar de modo ordinario y habitual la iglesia "rectoral" concatedral, y por una razón de visibilidad y de asistencia de clero y fieles, allí será puesto en posesión por el Sr. Obispo el próximo sábado.
El Pbro. Mauricio Aracena asumió sus funciones como rector de la rectoría de la Natividad, para lo cual le fueron encargadas la liturgia de las solemnidades diocesanas, el cuidado por la predicación de la Palabra de Dios, la organización de los confesores en el templo, el fortalecimiento de la caridad social, con Caritas y distintas manifestaciones de aquélla, la relación con las autoridades civiles en lo que a las celebraciones concierne y otras funciones propias de su cargo.
El domingo 22, a las 11, asumió como primer cura párroco de la restablecida parroquia de Nuestra Señora de Fátima, en Zárate, el Pbro. Lucas Martínez. En la ceremonia, presidida por Mons. Oscar Sarlinga, quien lo puso en posesión, se encontraban presentes los jóvenes de Santa María de la Estrella, quienes comenzaron su misión invernal en ese barrio de Zárate. Sacerdotes, diáconos, seminaristas, religiosas, entre las cuales las Misioneras de la Caridad de la Madre Teresa y las hermanas de Mater Dei, familiares (mamá, hermana, sobrinos), amigos, y numerosos fieles del lugar acompañaron con gozo el restablecimiento de la antigua parroquia que había sido erigida por el obispo de San Nicolás, Mons. Vennera, y que había cumplido recientemente 50 años, pero que por distintas vicisitudes ocurrió que dejara de funcionar como tal. En los últimos años la atendió la parroquia de Nuestra Señora del Carmen, con mons. Ariel Pérez y el P. Eduardo Mussato, quien se encontraba presente y a quien todos reconocieron su abnegada labor a cargo de la pastoral allí en este último tiempo.
Decr. Dioc. 33/12
Institución de iglesia rectoral de concatedral de la Natividad del Señor y nombramiento de rector
Visto
-La disposición del canon 556, que establece que “Por rectores de iglesias se entiende aquí aquellos sacerdotes a quienes se confía, para que celebren en ella los oficios”y la referencia a ello en una iglesia no parroquial.
-La facultad del Obispo diocesano, el cual, a tenor del canon 557 § 1 “(…) nombra libremente al rector de una iglesia”, puesto que “(…) corresponde al Obispo diocesano confirmar o instituir al rector. (...)” con el fundamento que el mismo derecho supone y para el bien de la cura de almas y la acción apostólica.
-La mayor facilidad para celebrar también las funciones litúrgicas solemnes, a tenor del canon 559, especialmente las solemnidades diocesanas, o las especialmente encomendadas, a juicio del Ordinario del lugar, siempre que, según el mismo canon, esto “(…) de ninguna manera causen perjuicio al ministerio parroquial”.
Considerando.
-El estatuto canónico de la iglesia de la Natividad del Señor de Belén de Escobar, la cual, el 12 de abril de 2008, en nombre del Papa Benedicto XVI, por Decreto de la Congregación de los Obispos, de la Santa Sede, ha sido declarada iglesia concatedral de la diócesis de Zárate Campana, por ende con todos los títulos, los mismos derechos y deberes de iglesia catedral.
-El particular influjo que dicha declaración tuvo sobre la participación en las celebraciones diocesanas en la Natividad del Señor, así como el incremento de los fieles que afluyen de distintos lugares de la diócesis, en especial para el sacramento de la reconciliación, y que esto se halla en sintonía, por su oportunidad pastoral, con lo dispuesto por el canon 560, a saber, que “Cuando le parezca oportuno, el Ordinario del lugar puede mandar al rector que celebre para el pueblo determinadas funciones, incluso parroquiales, y también que la iglesia esté abierta para grupos concretos de fieles, para que celebren allí funciones litúrgicas”.
-La intensificación del trabajo apostólico de la evangelización, merced a la dedicación de los sucesivos curas párrocos, sacerdotes, fieles laicos, religiosos y religiosas, en la jurisdicción parroquial, así como en el colegio episcopal "Santa María", el incremento de las misiones, la actividad en las capillas y centros pastorales en los barrios, así como el ministerio de la palabra y de la caridad social, todo lo cual manifiesta una fundamentada preparación y numerosa participación de feligresía y de grupos especiales de fieles.
-La misión que para el rector nombrado prevé el canon 562, el cual dispone que “(…) bajo la autoridad del Ordinario del lugar y respetando los estatutos legítimos y los derechos adquiridos, el rector de la iglesia tiene el deber de cuidar de que las funciones sagradas se celebren en la misma dignamente, de acuerdo con las normas litúrgicas y las prescripciones de los cánones, de que se cumplan fielmente las cargas, se administren con diligencia los bienes, se provea a la conservación y decoro de los objetos y edificios sagrados (…)”y que la institución de una “rectoría” tiene valor en cuanto al estatuto de los templos (Cf cc. 556-563) y en nada incide sobre la personalidad jurídica canónica o civil de la "parroquia de la Natividad" ni a su misión pastoral, incluso en el uso de modo ordinario, mediante acuerdo, de la iglesia "rectoral".
Por las presentes letras
Luego de consulta al consejo episcopal y al decano pertinente, así como a las instancias eclesiásticas que corresponden, instituimos en “rectoría” la iglesia concatedral de la Natividad del Señor, así como asignamos el carácter de iglesia parroquial de la Natividad del Señor y del Santo Niño Jesús de Atocha (título éste agregado a los efectos canónicos y no civiles) a la iglesia contigua, y nombramos al Pbro. Mauricio Aracena, rector de la mencionada iglesia, a tenor del canon 557 y correlativos, y esto ad nutum episcopi, por el tiempo de nuestra voluntad y a norma del derecho, y que asuma su oficio pastoral el sábado 21 de julio a las 19.
Dadas en Campana, nuestra sede episcopal, a 14 días de julio de 2012.
+Oscar Sarlinga
R.P. Rafael Ocampo Álvarez, dj. Secretario canciller
Por mandato de S.E.R. el Sr. Obispo
--
Secretaría de Comunicación Institucional del Obispado
Atención: lunes a viernes, de 9 a 13,
Tel 03489 422817- 426606 líneas rotativas, interno 37
www.obispadozaratecampana.org
No hay comentarios:
Publicar un comentario